martes, 24 de septiembre de 2013

Ministerio de Trabajo, establece normas complementarias para la adecuada implementación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC


Mediante la Resolución Ministerial Nº 161-2013-TR, publicada el día 18 de setiembre en el Diario El Peruano, el Ministerio de Trabajo ha establecido las normas complementarias para la adecuada implementación del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil – RETCC (en adelante, “RETCC”), regulando el procedimiento de inscripción en dicho registro.

A través del Decreto Supremo Nº 005-2013-TR se creó el RETCC y su Reglamento, el cual tiene como objeto establecer disposiciones que regulan la inscripción de los trabajadores en el registro.

Siendo necesario precisar el procedimiento de inscripción del RETCC, la Resolución Ministerial Nº161-2013-TR recientemente publicada dispone lo siguiente:

-  Los trabajadores podrán tramitar su inscripción en el RETCC ante cualquier Dirección Regional de Trabajo y Empleo, quedando habilitados por el mérito de esa inscripción para desarrollar la actividad de construcción civil en todo el territorio nacional.

-  Deberán presentar al registro, certificados o constancias de capacitación en la actividad de construcción civil emitidos por SENCICO u otra entidad habilitada para certificar oficialmente las competencias en esta actividad.

    La presentación de los documentos que anteceden no serán requeridos cuando se trate de la primera inscripción del trabajador.

-  Certificados de trabajo relacionados con las obras en las que haya laborado en el año anterior a la inscripción; los mismos que deberán precisar la identificación del empleador y el periodo laborado.

-  Certificados de antecedentes policiales, judiciales y penales; los mismos que deberán cumplir con los plazos de vigencia previstos en las normas sobre la materia.

El Ministerio de Trabajo a través de su portal institucional, pondrá a disposición de los interesados la relación de los trabajadores inscritos en el RETCC y que, por lo tanto, se encuentren habilitados para ejercer la actividad de la construcción civil.

El formato de solicitud podrán encontrarla en www.trabajo.gob.pe

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