miércoles, 4 de septiembre de 2013

Establecen el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil - RENOCC

El día de hoy 04 de setiembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 008-2013-TR, a través del cual se aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Obras de Construcción Civil-RENOCC, el cual entrará en vigencia a los 120 días de publicado.

El presente Reglamento tiene por finalidad contar con información oportuna  de las obras de construcción, a fin de coordinar las acciones de prevención y sanción sobre las situaciones de violencia en la contratación de trabajadores. El citado Reglamento es aplicable a las empresas contratistas y sub-contratistas que realicen obras de construcción civil cuyos costos individuales exceden las 50 UIT, excluyéndose a las personas naturales que construyan directamente sus propias unidades de vivienda.

 A manera de resumen, las empresas contratistas y sub-contratistas deberán inscribirse en el Registro Nacional de Obras de Construcción Civil-RENOCC, a través de un aplicativo informático automático y gratuito, aprobado y administrado por el Ministerio de Trabajo.

A efectos de cumplir con la inscripción en el Registro, las empresas obligadas deberán remitir en un plazo no mayor a diez (10) días previos al inicio de la obra, a través del formato electrónico antes señalado que contiene la siguiente información mínima:

-      Identificación de la empresa
-      Identificación de la obra
-      Información de trabajadores

Finalmente, el presente Reglamento, deroga el Decreto Supremo Nº 004-2007-TR, mediante el cual se crea el Registro Nacional de Empresas Contratistas y Subcontratistas de Construcción Civil.

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