miércoles, 19 de junio de 2013

El Tribunal Constitucional admite el uso correos electrónicos como prueba del trabajo en sobretiempo


Esta semana, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió la existencia de una relación laboral permanente a favor de un practicante profesional por desnaturalización de su convenio de prácticas al haberse acreditado una prestación de servicios fuera del horario de trabajo y de la jornada máxima.

Al respecto, el Tribunal Constitucional confirmó el uso de correos electrónicos institucionales como elemento determinante para probar la relación laboral permanente y el trabajo en sobretiempo.

En el primer caso, el tribunal señaló que al haberse realizado labores que exceden la jornada máxima, se produjo un fraude a la ley que determinó la existencia de una relación laboral estable, por lo cual el vencimiento del plazo del convenio de modalidad formativa no aplica como causa válida de cese, ya que se consideraría como un despido arbitrario; por lo que se ordenó su reposición.

En el segundo caso, el tribunal indicó que las copias de los correos electrónicos enviados desde el correo institucional del practicante, constituyen prueba que realizaba labores fuera del horario de trabajo (trabajo en sobretiempo), figura no contemplada en el régimen de modalidades formativas.


Finalmente, cabe resaltar que el pronunciamiento del Tribunal Constitucional reviste particular importancia, pues incorpora el criterio de que los correos electrónicos institucionales acreditarían la existencia de un vínculo laboral en los supuestos de desnaturalización de modalidades formativas. 

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